La gestión de morosos en una comunidad de propietarios se puede gestionar sin gasto para la comunidad, siempre que la deuda del moroso no supere los 2.000€ no es necesario ni abogado ni procurador, solo seguir unos pasos muy sencillos.
Los propietarios con deudas vencidas, después de haber agotado todas las vías extrajudiciales (llamadas, cartas, whatsapp, etc…) para el pago de las cuotas, la comunidad se ve obligada a la reclamación de las mismas por vía judicial por lo que lo primero que deben hacer es reconocer la deuda en una reunión anual donde se reflejen y aprueben las deudas, siempre que la deuda, como hemos mencionado antes no pasa de los 2.000€ con gastos incluidos no es necesario procurador ni abogado, el propio administrador, presidente o representante legal puede interponer un monitorio para el cobro de las mismas, presentando la documentación requerida por el juzgado. Para cualquier duda póngase en contacto con nosotros.
Deja una respuesta